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Senado aprueba reforma constitucional para limitar pensiones a funcionarios Especial

Senado aprueba reforma constitucional para limitar pensiones a funcionarios

Reforma al artículo 127 constitucional fija tope a pensiones financiadas con recursos públicos.

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Dictamen aprobado el 11 de marzo de 2026 pasa a la Cámara de Diputados

El Senado de la República aprobó la reforma al artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para establecer un límite a las pensiones de funcionarios públicos en organismos descentralizados, empresas públicas del Estado y diversas entidades del sector paraestatal.

La propuesta fue avalada con 116 votos a favor en lo general y 109 votos a favor con seis abstenciones en lo particular. Durante el debate legislativo, las reservas presentadas por senadores de Movimiento Ciudadano y del Partido Acción Nacional fueron rechazadas por el Pleno.

Con la votación concluida, el decreto fue turnado a la Cámara de Diputados para continuar el proceso legislativo correspondiente.

La reforma establece que las pensiones de servidores públicos de organismos descentralizados, sociedades nacionales de crédito, empresas de participación estatal mayoritaria y fideicomisos públicos constitutivos de entidades paraestatales no podrán superar la mitad de la remuneración establecida para la persona titular del Ejecutivo Federal.

El límite también aplicará a funcionarios de empresas públicas, organismos descentralizados y fideicomisos de las entidades federativas y de los municipios, incluidos aquellos con participación estatal o municipal mayoritaria.

El dictamen precisa que ningún contrato, disposición laboral o instrumento jurídico podrá establecer condiciones que rebasen ese tope en las pensiones.

Asimismo, el nuevo marco excluye del límite a las Fuerzas Armadas, a las pensiones derivadas de aportaciones voluntarias a sistemas de ahorro para el retiro basados en cuentas individuales, a sistemas de ahorro complementarios financiados con aportaciones sindicales y a la pensión no contributiva.

Una disposición transitoria señala que las jubilaciones o pensiones otorgadas antes de la entrada en vigor de la reforma, y que no estén dentro de estas excepciones, deberán ajustarse al nuevo límite, incluso si actualmente se encuentran vigentes.

Además, los entes públicos deberán revisar y, en su caso, adecuar contratos y condiciones generales de trabajo para alinear los planes de jubilación con lo establecido en la Constitución.

Durante la discusión del dictamen, el presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, Óscar Cantón Zetina, afirmó que la reforma busca ordenar el sistema de pensiones financiadas con recursos públicos y evitar montos desproporcionados que presionen las finanzas públicas.

Por su parte, el presidente de la Comisión de Estudios Legislativos, Enrique Inzunza Cázarez, señaló que la modificación retoma el principio planteado en “Los Sentimientos de la Nación” para moderar la opulencia y la indigencia mediante leyes que garanticen condiciones de mayor equidad.

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