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La Ley Federal del Trabajo garantiza pago triple si se labora.
La Profedet brinda orientación a quienes no reciban el pago justo.
Este martes 16 de septiembre se conmemora la Independencia de México, fecha reconocida como día feriado de carácter nacional. Según la Ley Federal del Trabajo (LFT), estas jornadas son de descanso obligatorio, por lo que los empleados tienen derecho a no laborar y, en caso de hacerlo, acceder a un beneficio económico especial.
La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) subraya que, cuando un trabajador labora en un feriado, debe recibir además de su salario ordinario, el equivalente a dos sueldos adicionales por esa jornada. En otras palabras, se traduce en un pago triple.
El marco legal también establece que, si el feriado coincide en domingo, se suma la prima dominical, contemplada en el artículo 71 de la LFT. Esto garantiza que el esfuerzo extra de los empleados sea remunerado de forma justa.
Ahora bien, ¿qué sucede si un patrón no cubre esta obligación? La Profedet precisa que los trabajadores tienen derecho a presentar su queja y exigir el cumplimiento de la ley. Para ello, existen canales de apoyo: la línea telefónica 800 911 7877 y 800 717 2942, así como el correo electrónico orientacionprofedet@stps.gob.mx.
Además, se puede acudir personalmente a la sede central en Dr. José María Vértiz 211, colonia Doctores, alcaldía Cuauhtémoc, CDMX, o bien a las oficinas del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral en cualquier entidad de la República.
La fecha no solo recuerda el inicio de la lucha por la independencia, también refuerza la importancia de proteger los derechos laborales en México.